Toque de queda y ley seca en sogamoso

A partir del sábado 9 de mayo a las 2:00 p. m. y hasta el lunes 11 de mayo a las 6:00 a. m. la administración municipal declaró toque de queda en la jurisdicción del municipio de Sogamoso.

Igualmente declaro Ley seca desde el día viernes 8 de mayo a partir de las 8:00 p. m. hasta el lunes 11 de mayo a las 6:00 a. m. “Se prohíbe la venta y consumo de bebidas embriagantes y reuniones o aglomeraciones”.

Dentro de algunas excepciones al toque de queda están:

– Los trabajadores de farmacia debidamente certificados por su empleador, quienes  sólo podrán vender sus productos a domicilio , queda prohibido la atención del público

– Movilización de mascotas por emergencia veterinaria.

–  Restaurantes  debidamente registrados ante la Cámara de Comercio de Sogamoso quienes podrán vender alimentos  única y exclusivamente bajo la modalidad de domicilio  para lo cual tendrán que proveerse de insumos antes de la entrada en vigencia del toque de queda contemplados en el presente decreto y cumpliendo los protocolos de bioseguridad establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.

– No podrán abrir sus puertas al público NI TRABAJAR CON DOMICILIOS durante el toque de queda los establecimientos de comercio  almacenes de cadena víveres, tiendas, plazas de mercado y demás sectores.  

– Únicamente las personas cuyo pico y cédula se los permita (5, 6, 7) podrán circular el día sábado 9 de mayo del presente año en el horario comprendido entre las 6: 00 a. m.  y las 2:00 p. m.

La violación de las medidas adoptadas en el presente decreto dará lugar a sanción pena l previsto en el artículo 368 del código penal y a las multas consagradas en la ley 18 01 de 2016.

¿CÓMO SACAR EL PERMISO PARA DOMICILIOS EN TOQUE DE QUEDA?

Sólo están autorizados restaurantes y farmacias para funcionar en el toque de queda y unicamente en modalidad de domicilio, por lo tanto para tramitar este permiso de funcionamiento los establecimientos interesados deben:

Hacer solicitud formal al correo gobierno@sogamoso-boyaca.gov.co con los siguientes datos y/o documentos

– Nombres y Cédula de Ciudadanía de la persona o personas que harán los domicilios

– Copia C.C. representante legal del establecimiento

– Copia certificado Cámara de Comercio del establecimiento

Obligatorio portar copia de la autorización que se será enviada a vuelta de correo

Mayor información: 3172536557